Fundamento legal

Art 21.

Fracc II segundo párrafo de la Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa Obligaciones de los contribuyentes II.- Los contribuyentes deberán proporcionar anexo a la declaración, la información que se precisará en las Reglas de Carácter General que emita para tal efecto el Servicio de Administración Tributaria del Estado de Sinaloa.

Fracción III.-A. Se deberá presentar dentro de los primeros diecisiete días del mes de calendario inmediato posterior o el siguiente día hábil a aquel en que se efectuaron las erogaciones y/o retenciones, según sea el caso, una declaración por el total de erogaciones gravadas en el formato autorizado por la autoridad mismo que se adjunta como Anexo 2. de las presentes reglas, el cual deberá contener la información requerida en el mismo.